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Comunidad de Madrid

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Empleo, discapacidad y colectivos vulnerables

Ayudas y subvenciones en plazo

Cuota de reserva del 2% para trabajadores con discapacidad

Cuota de reserva del 2% para trabajadores con discapacidad

Cuota de reserva del 2%

Las empresas que incumplan con el 2% de puestos de trabajo para personas con discapacidad no podrán contratar con la Administración según la nueva Ley  de Contratos del Sector Público

Ir a Cuota de reserva discapacidad

Texto legal

Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público

 "TÍTULO VI Del control del Gobierno": artículo 29: Disposición final novena que modifica el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (artículo 60): Disposición transitoria décima. Prohibición de contratar por incumplimiento de la cuota de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad - (pág. 107) 

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Cuota de reserva

Las empresas con 50 o más personas en plantilla, están obligadas a que al menos el 2% de aquella, sean personas con discapacidad con el fin de  facilitar su integración laboral.

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Inserción laboral

Centros Especiales de Empleo (CEE)

Imagen de puzle azul con ficha sobresaliente en rojo

Empresas de empleo protegido donde se fomenta la integración laboral de personas con discapacidad.

Empresas de inserción

Diferentes herramientas de bricolaje sobre una mesa

Integran a personas en situación de exclusión social como tránsito al empleo ordinario.

Enclaves laborales

Imagen de marroquinero trabajando en el taller

Desplazamiento temporal trabajadores CEE a empresa ordinaria ateniéndose a requisitos específicos.

Empresa, discapacidad e inserción

Imagen de silueta masculina saltando de una montaña a otra

Actuaciones de fomento de empleo dirigidas a personas con especiales dificultades de inserción.

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