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Comprar vivienda con la Agencia de Vivienda Social

Contenido
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Puerta abierta
Cómo y qué hacer para adquirir en propiedad la vivienda de la Agencia que ya disfrutas en alquiler.

Escritura tu vivienda

Escritura pública de compraventa

Si ya dispones de contrato privado de compra-venta de tu vivienda, pero aún no has elevado a público dicho contrato, obtén la escritura pública de tu contrato siguiendo las siguientes instrucciones:

¿Quién puede?

Si dispones de un contrato privado de compraventa del inmueble.

¿Qué necesito presentar?

  • Solicitud. Cumplimenta el formulario en línea.
  • Documentación que figura relacionada en la solicitud.

¿Y una vez presentada la solicitud?

Una vez recibida tu solicitud se da traslado al departamento correspondiente, donde se comprueba que toda la documentación aportada es correcta y suficiente; en caso contrario, contactaríamos contigo para completarla.

Si todo es correcto, recibirás una cita para proceder a la firma de la escritura de elevación a público del contrato privado de compraventa.

Accede al trámite de escrituración

Cambio de titularidad por fallecimiento

Fallecimiento

Cambia la titularidad de la vivienda pública de la Agencia de Vivienda Social en caso de fallecimiento, divorcio o separación del titular del inmueble del contrato de compra-venta, cuando se carezca de escritura pública. Ten en cuenta que el órgano competente es la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación.

¿Quién puede?

1. Si eres heredero del titular fallecido, o en caso de separación o divorcio, estar separado o divorciado con sentencia firme de separación o divorcio.

2. En ambos casos, se debe abonar la tasa correspondiente a la autorización de subrogación.

¿Qué necesito presentar?

  • Solicitud. Cumplimenta el formulario en línea.
  • Documentación que figura relacionada en la solicitud.

¿Y una vez presentada la solicitud?

El plazo de resolución es de seis meses a partir de la fecha de registro de entrada que conste en la solicitud una vez presentada.

Pasado dicho plazo sin haber recibido notificación con la resolución dictada en el procedimiento, la solicitud podrá desentenderse desestimada, a los efectos legales que procedan.

Más información en el siguiente enlace: Subrogación o cambio de titularidad en contratos de la Agencia de Vivienda Social.

Accede al trámite de cambio de titularidad

Amortización anticipada en compraventa de inmuebles

Amortización anticipada

En cualquier momento puedes hacer pagos por anticipado o incluso cancelar totalmente la cantidad pendiente de pagar por la compraventa del inmueble. Infórmate a continuación:

¿Quién puede?

Simplemente has de disponer de la cantidad que pretendes amortizar en el momento en que tramites la solicitud.

¿Qué necesito presentar?

  • Solicitud. Cumplimenta el formulario en línea.
  • Documentación que figura relacionada en la solicitud.

¿Y una vez presentada la solicitud?

Una vez recibida la solicitud se dará traslado de la misma al Equipo de Gestión correspondiente, se realizarán las comprobaciones oportunas de la documentación presentada; tras ello se incluirá la petición en los sistemas informáticos, se calculará el pendiente de cobro y se generará un documento para su ingreso, que se te remitirá por correo ordinario.

En la notificación se especificará el plazo de que dispones para hacer el pago, que se corresponde con la siguiente facturación, de manera que de no realizarlo no se interrumpa la facturación. Además, aparte de la cancelación económica, deberás solicitar la cancelación registral.

Accede al trámite de amortización anticipada

Cálculo del importe de descalificación de las viviendas protegidas

Cálculo importe

Si quieres descalificar tu vivienda protegida, antes has de devolver las ayudas, subvenciones, préstamos, etc. recibidas por la compra de la vivienda, así como el interés legal de las mismas cantidades desde la fecha en que fueron recibidas hasta la fecha de la solicitud de descalificación. Infórmate a continuación del procedimiento que te calcula e informa del importe a devolver.

¿Quién puede?

Sólo has de tener disponible, en el momento de la solicitud, la cantidad necesaria para la devolución de las ayudas recibidas para la compra de la vivienda que quieres descalificar.

¿Qué necesito presentar?

  • Solicitud. Cumplimenta el formulario en línea.
  • Documentación que figura relacionada en la solicitud.
Accede al trámite de descalificación
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